viernes, 16 de marzo de 2012

DICTAMEN DE LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS, ABROGA LA LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS, Y REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS CÓDIGOS PENAL FEDERAL, FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL Y LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD.

jueves, 15 de marzo de 2012

No se consultó a las trabajadoras sexuales para su expedición

                                             Ley general para prevenir, sancionar y erradicar
                                                    la trata de personas y delitos relacionados:

* Ambigua insuficiente y limitada en sus alcances
Por Jaime Montejo de la Agencia de Noticias Independiente Noti-Calle, México, D.F., a 14 de marzo de 2012.- Sin desconocer las virtudes que contiene la “Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados”, “encarna graves riesgos a la criminalización de la educación sexual, a la libertad sexual, a la libertad de expresión y acceso a la información al divulgar información sobre procesos judiciales, al derecho a decidir qué hacer con su cuerpo, el derecho a castigar a los funcionarios públicos que violen sus derechos humanos con el pretexto de rescatarles y el derecho a que se garantice la no repetición de las conductas delictivas expuestas en ella”; denunció Elvira Madrid, presidenta de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez”, A.C.

“¿Cómo es posible que un hecho tan trascendental para un país como el nuestro, donde la trata de personas se expande de manera inusitada, como es emitir una ley general como ésta, no haya considerado consultar a las trabajadoras sexuales, muchas de las cuáles son sobrevivientes de los delitos referidos en dicha norma jurídica?”

“La respuesta es muy sencilla, quienes se ostentan como defensoras populares de las víctimas de trata y explotación sexual, hacen negocio usurpando la voz de quienes han sido objeto de dichos delitos y de quienes trabajan en el sexo por su cuenta, sin padrotes, ni madrotas que las regenteen”

“En otros casos, ese afán cristiano de salvar almas de la perdición, hace que los predicadores, hombres y mujeres, consideren que es su deber religioso, rescatar a las víctimas de las manos del demonio”, contestó Madrid.

- Elvira, ¿Cómo criminaliza esta ley la educación sexual?

- Mire usted. Si bien es cierto que el artículo 13, castiga sin derecho a fianza, poner a disposición de menores de 18 años material pornográfico, establece una excepción ambigua, tratándose de material educativo sobre sexualidad humana “aprobado por la autoridad”, con el riesgo de que el material que no esté debidamente autorizado, sea considerado prueba del delito y comprometa la libertad de padres y madres de familia, personal docente y educadoras y educadores de la sexualidad. Esto significa que sólo el Estado mexicano, cuyo carácter laico está en riesgo en este momento, va a establecer cuál es el material correcto y cuál a su juicio, alienta la corrupción de menores. Sólo falta que al amparo de rosarios y biblias, el Ministerio Público estipule cuál es el material educativo idóneo para quienes no han alcanzado la mayoría de edad.

- Dices que esta ley general contra la trata de personas, limita la libertad sexual. ¿Cómo está eso?
- Bueno, es que el artículo 18, penaliza a quien haga uso de los servicios de una persona víctima de trata y quien haga eso, no contará con elementos objetivos para distinguir entre víctimas y quienes no los son y en nuestro caso, entre prostitución forzada y voluntaria. Esto en la práctica implica que muchos clientes de trabajadoras sexuales, se verán obligados a no recurrir a dichos servicios, por temor a ser encarcelados, sobre todo porque nadie podrá garantizar en dónde hay víctimas y en qué lugar quienes allí laboran, no representan riesgos con respecto a su libertad. Otros clientes, serán extorsionados por la policía, bajo la amenaza de ser remitidos ante el Ministerio Público. En este último caso, se promueve una modalidad de explotación sexual que le permite a la policía, obtener ingresos cuantiosos todos los días, a través de los clientes.

- Haber Elvira, ¿cómo esta ley, ataca el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información al divulgar información? No entiendo cómo puede hacer eso, una ley que busca el bienestar de las víctimas de trata de personas.

-Yo tampoco entiendo cómo una ley que busca resguardar la dignidad de las personas, viola estos derechos humanos. El asunto es que el artículo 21 penaliza a quien divulgue sin motivo fundado información reservada o confidencial relacionada con los delitos incluidos en ella, los procesos judiciales y las personas ligadas a ellos. Entiendo que se pretende evitar la “filtración de información” que beneficie a los responsables de tales delitos; sin embargo, se atenta contra la libertad de expresión al considerar que dicha difusión es un delito grave que no alcanza fianza y se restringe el acceso a la información, que está garantizado en la Constitución.

- Ahora, ¿qué dice esta ley para que tú afirmes que reduce el derecho de las mujeres, a decidir qué hacer con su cuerpo, si lo que se condena es la esclavitud sexual?

- Lo que pasa es que no sólo se condena la esclavitud sexual y las llamadas “formas análogas de esclavitud. El artículo 25, anula el consentimiento de las víctimas, así lo dice en lugar de llamarles “presuntas víctimas”, catalogando a todas las trabajadoras sexuales como víctimas que deben ser representadas por sus salvadoras, sin excepción alguna. Y allí no está todo el problema, no sólo sacrifica “el derecho a la presunción de inocencia” de quienes sean acusados de este delito; sino que niega por ley, el derecho civil a decidir y eso es muy grave, ya que anula derechos de las presuntas víctimas, en aras de salvarlas de sus propias decisiones.

- Bueno Elvira, una pregunta más. Decías al principio de la entrevista que esta Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados, castiga a los responsables de dichos delitos, pero no a los funcionarios públicos que violen los derechos humanos de las víctimas. Explícame eso, por favor.

- Sucede que con el pretexto de rescatarlas, la policía ejerce violencia física, psicológica, económica y sexual contra las trabajadoras sexuales en los operativos contra dichos delitos y luego el Ministerio Público, las hace firmar declaraciones sin ser leídas, donde las implica unas a otras. Y a pesar de las denuncias públicas que hemos hecho sobre la forma en la que se conducen las autoridades en dichos operativos, y sin tomar en cuenta tres recomendaciones y una propuesta de conciliación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco, la diputada Rosi Orozco, no incluyó un capítulo o tan siquiera un artículo para penalizar a los funcionarios públicos misóginos. Ya sé que dirán que para eso está la ley de servidores públicos, pero siendo ésta una ley dizque integral, debió incluirlo.

- Para terminar este tema, ¿cómo así que la ley general de la que estamos hablando, no garantiza la no repetición del delito?

- Efectivamente, la ley tampoco consideró quitar de los códigos civiles el hecho de que una mujer pierda la patria potestad de sus hijos e hijas menores de 12 años por ser prostituta; situación que ha sido utilizada por tratantes, padrotes y madrotas, para amenazar a trabajadoras sexuales y obligarlas a pagar una cuota diaria, o de lo contrario el DIF, les quita la tutela de sus hijos. Aquí el DIF, coadyuva a explotadores sexuales, eso lo sabe la diputada porque su esposo trabajó en el DIF nacional y no lo tomó en cuenta.

- Algo más que quieras añadir:

-Hace falta que esta ley prohiba que los condones sean utilizados como prueba para demostrar que una persona se dedica a la trata de personas, a la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual. Finalmente y no menos importante, que las trabajadoras sexuales participen en la reforma de esta ley y también, que se consagren sus derechos laborales para que se pueda distinguir donde hay trata de personas, de donde no la haya.

Liga con la "ley general":
http://es.calameo.com/books/000137394fd91d54bb771
Algunas consideraciones sobre la Ley para Prevenir Sancionar
y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados


de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez”, A.C.
México, 14 de marzo de 2012


“Recuerdo que hace 20 años, funcionarios del CONASIDA y activistas de la sociedad civil nos señalaban con el dedo flamígero y nos acusaban de ser anacrónicos, por defender a las trabajadoras sexuales de la violación de sus derechos humanos por parte del gobierno mexicano y al mismo tiempo condenar los engranajes de la prostitución que desde la administración pública, favorecían la trata y explotación sexual, *que la trata de blancas estaba en proceso de extinción*, nos decían. Ahora, en el 2012, nos dicen que estamos pasados de moda, porque lo de hoy es sólo la trata de personas y que promover los derechos laborales de las trabajadoras sexuales, nos hace cómplices de dichos delitos y de nueva cuenta, anacrónicos, como siempre hemos sido para el Poder y quienes se escudan en él. Lo que todos ellos y ellas son incapaces de reconocer, es que la lucha por la abolición de la prostitución y la movilización por el reconocimiento de derechos laborales de este sector de la clase obrera, son las dos caras de una misma realidad, compleja, llena de claroscuros y difícil de comportarse de manera políticamente correcta, como quisieran en la academia, en las iglesias, en las naciones unidas y en la política tradicionalmente tranza que nos domina y pretende seducirnos cada día.”
Jaime Montejo


Generalidades:

La iniciativa de “Ley general para Prevenir Sancionar y Erradicar la Trata de Personas y Delitos Relacionados”, presentada por la diputada panista Rosi Orozco, así como por 72 diputados y diputadas y 3 senadoras y senadoras que la suscriben, es reglamentaria del artículo 73, fracción XXI, párrafo 1º de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos; así como derogar la Ley Para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Civil Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad.

Cabe señalar que la fracción XXI, primer párrafo del artículo 73 constitucional estipula que el Congreso tiene la facultad para establecer los delitos y faltas contra la federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse; entre ellos, el de la trata de personas.

Otra consideración importante es la participación de la “Coalición Contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe”, en el diseño de la iniciativa, dado que es una organización que postula que todo tipo de prostitución es igual a esclavitud sexual, sin considerar a las mujeres adultas que ejercen dicho oficio por su propia voluntad y consentimiento, derechos humanos que la Coalición considera que son incompatibles con el ejercicio del sexo comercial. Dicha participación es mencionada en la página 21 de la exposición de motivos de la iniciativa y configura el espíritu abolicionista de esta norma jurídica.

Consideraciones:

El artículo 7, señala que la trata de personas y delitos relacionados, son imprescriptibles, que no se procederá a la reserva del expediente y que los imputados tendrán prisión preventiva, sin alcanzar fianza en ningún momento, situación que por un lado garantiza que los presuntos responsables no huyan después de ser presentados ante el Ministerio Público. Esto es un avance innegable.

El artículo 11, fracción III, incluye el delito de explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual. ¿Qué va a pasar entonces con la tipificación del lenocinio en los Códigos Penales de la república?

El artículo 13, penaliza la exposición a la pornografía a menores de 18 años y la tipifica como corrupción de menores, situación que no alcanza fianza. Sin embargo el segundo párrafo de este artículo, da pie para que el material educativo que no esté “aprobado por la autoridad competente” sea considerado pornográfico y como este delito no alcanza fianza, el presunto responsable deberá llevar el proceso privado de la libertad. Este segundo párrafo, puede incitar a la censura y a la intolerancia hacia material educativo y didáctico “no oficial” y penalizar a padres y madres de familia, así como a personal docente y a educadoras y educadores de la sexualidad. Aquí hay una alerta clara sobre el impacto nocivo de promover material educativo, sin la tutela estatal.

El artículo 18, penaliza a quien adquiera, use, compre, solicite o alquile los servicios de una persona que es objeto de trata. En el caso de la prostitución, esta iniciativa no contempla cómo debe hacerle un usuario de servicios sexuales para saber quién es víctima de trata y quién no lo es. Esto en la práctica cotidiana, viola el derecho a la libertad sexual de los clientes de las trabajadoras sexuales. La única manera de garantizar el derecho a ejercer libremente la sexualidad por parte de trabajadoras sexuales no forzadas a ejercer dicho oficio y de sus clientes, es reglamentar en esta ley los derechos y obligaciones laborales de quienes se ganan la vida recurriendo a la prostitución, como lo recomendó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México en su diagnóstico publicado en el año 2003. De lo contrario, la discrecionalidad y corrupción que imperan en las corporaciones policíacas e instituciones encargadas de la impartición de justicia, favorecerán la extorsión de los usuarios de servicios sexuales y abrirá el espacio para la institucionalización de formas añejas de explotación sexual, vía el atraco de los clientes.

El artículo 19, tipifica como delito facilitar, promover o procurar por cualquier medio, cualquiera de las conductas delictivas señaladas en esta ley, e incluye tanto al anunciante como al anunciador de publicidad “ilícita o engañosa”. Sin embargo, el artículo 75 reglamenta la publicación de anuncios clasificados de contactos sexuales de las personas, hombres y mujeres adultas a través de cualquier medio de comunicación; al tiempo que prohibe que cualquier dependencia gubernamental contrate publicidad en medios que incluyan este tipo de anuncios. Así mismo, la fracción II del artículo 75, exige que los medios que publiquen anuncios de contactos sexuales exijan a las personas físicas copia de comprobante de domicilio y de identificación oficial, sin tomar en consideración la protección de datos personales de quienes así se anuncian.

El artículo 21, penaliza a quien divulgue sin motivo fundado información reservada o confidencial, relacionada con los delitos, procesos y personas ligados a trata de personas, limitando los derechos de la libertad de expresión y al acceso a la información.

El artículo 25, contempla que el consentimiento otorgado, no constituirá causa excluyente de responsabilidad penal y califica como víctima entre otras, a quien haya tomado la decisión de ejercer la prostitución en condiciones de explotación económica, cuando el marco jurídico laboral no extiende las prestaciones sociales a quienes ejercen libremente esta actividad. Ahora, en el caso de menores de 18 años, no se requiere la acreditación de los medios por los cuales se cometió dicho delito, situación que en aras de castigar a más presuntos culpables, sacrifica el derecho a la presunción de inocencia de las personas señaladas como tales. Y como en muchos lugares donde se ejerce la prostitución hay menores de 18 años y personas adultas, las primeras sospechosas van a ser las trabajadoras sexuales que allí laboren; situación que se corregiría legalizando el libre ejercicio de este oficio entre mayores de edad que no sean objeto de trata de personas.

El artículo 29, expone de manera ambigua, que no se procesará a las víctimas de los delitos previstos en esta ley, que por cualquier medio hubieran cometido otros delitos, si es que estuvieron sujetas a control y amenazas. ¿Cómo puede una persona acreditar, que estuvo sometida a control y amenazas, si no está entre rejas todo el tiempo? Como es el caso de quienes ejercen la prostitución forzada en la vía pública.

Si bien es cierto que el capítulo once “del resarcimiento y reparación de daños”, consagra algunos derechos significativos de las víctimas de trata, no considera penas para los funcionarios públicos que en aras de rescatarles, han violado sus derechos humanos y civiles y las convertido en víctimas de los poder públicos y que a fuerzas pretender catalogar a todas las trabajadoras sexuales como víctimas de trata, como ha ocurrido en la mayoría de los operativos policíacos contra dicho delito de los años 2008 hasta la fecha.

El capítulo 3º de la ley, que consagra los derechos de víctimas extranjeras, garantiza en el artículo 43 que su repatriación sea voluntaria y se les expidan visas humanitarias (artículo 45); sin embargo, no resuelve qué hacer con las disposiciones de la “ley general de migración”, mexicana, en caso de contradicciones entre ambas normas jurídicas.

El artículo 54, que refiere quienes integrarán la Comisión intersecretarial contra la trata de personas, no contempla la inclusión de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, ni tampoco del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, cuando la mayoría de las personas que han sido objeto de trata de personas, son de origen indígena y la discriminación ha sido uno de los motores que reproducen este delito de manera sistemática.

El artículo 73, ordena la búsqueda inmediata de las personas que sean reportadas como extraviadas, sustraídas o ausentes. Situación que permite ganar tiempo en la localización de quienes han sido objeto de trata de personas y no como ahora ocurre que las familias tienen que esperarse 72 horas para que inicie el proceso burocrático de “búsqueda”.

El artículo 74, obliga a municipios y delegaciones del Distrito Federal, a realizar inspecciones de las agencias de empleo, para evitar que allí se lleven a cabo conductas delictivas contempladas en esta ley.

El artículo 76, fracción VI, obliga a las autoridades de los tres ordenes de gobierno realizarán campañas de registro de niñas y niños que nazcan en territorio nacional, sin importar si son hijos de mexicanos o de migrantes indocumentados. Sin embargo, frente a la situación de vulnerabilidad que presentan las y los niños migrantes que atraviesan la república mexicana, no ofrece opciones para que sean registrados con su nacionalidad de origen. Así mismo, el artículo 80, obliga a las mismas autoridades a atender rezagos en materia de registro civil de menores de 18 años y obliga a la SEP a facilitar el registro de las niñas y los niños que intenten ser inscritos y no cuenten con acta de nacimiento. Este artículo tampoco hace mención de las personas mayores de edad que no están registradas y son susceptibles de ser víctimas de trata.

Conclusiones:

En ninguna parte de esta ley, se habla de la necesidad de derogar las disposiciones de los Códigos Civiles y Códigos de Procedimientos Civiles que contemplan como causal de pérdida de patria potestad de hijos e hijas menores de 12 años, el que su madre se dedique a la prostitución o a actividades que atenten contra la moral y las buenas costumbres; ya que dichas normas jurídicas, son utilizadas por grupos de la delincuencia organizada y tratantes de personas para someter a las trabajadoras sexuales, bajo la amenaza de entregarle sus hijos al DIF, que se ha caracterizado por coadyuvar con la explotación sexual de dichas mujeres en todo el territorio nacional. Si dichas disposiciones que se configuran como violencia institucionalizada no son derogadas, seguirán utilizándose para explotar a las trabajadoras sexuales de manera permanente.

Las trabajadoras sexuales que a diario conviven con situaciones de trata de personas, muchas de ellas sobrevivientes de dicho delito, no han sido tomadas en cuenta en la elaboración del marco jurídico sobre este tema, motivo por el cuál esta ley es unilateral, al no garantizar la diferenciación jurídica entre víctimas de trata y trabajadoras sexuales, entre otras más.

Esta ley, no prohibe que los condones y otros insumos para la salud sean utilizados como elementos de prueba para fincar trata de personas y explotación de la prostitución u otras formas de explotación sexual. No contempla garantías de no repetición y tampoco garantías para ejercer libremente la sexualidad y la educación sexual entre personas menores de 18 años.

Sin negar los avances de esta ley, los retrocesos pueden ser mayores y el hecho de contener ambas situaciones en un solo hilo conductor, hace que sea una especie de Franquestein, al servicio de su creador o de las pasiones que desate. También falta ver qué cosas reglamentará el ejecutivo con respecto a esta ley y cuál va a ser el espíritu del programa nacional para prevenir y sancionar la esclavitud y la trata de personas.

Finalmente, si esta iniciativa de ley “contempló reglamentar” la publicidad de los anuncios de contactos sexuales por la presión que la Brigada Callejera y la Red Mexicana de Trabajo Sexual, ejercimos en la calle y en los medios de comunicación; es un reto alcanzable, hacer derogar las disposiciones de esta norma jurídica que atentan contra los derechos civiles de las trabajadoras sexuales y obligar a las y los legisladores a reconocer los derechos laborales de este sector, para que el público y el gobierno puedan distinguir entre la prostitución forzada y la voluntaria; ya que ninguna otra organización de la sociedad civil integrada por trabajadoras sexuales, tuvo el valor civil hasta ahora de declarar y movilizarse públicamente contra tales disposiciones.

Liga con la "ley general":
http://es.calameo.com/books/000137394fd91d54bb771

lunes, 12 de marzo de 2012

Trabajadoras sexuales de La Merced

La esquina es de las mujeres que la trabajan

“Dicen en la tele que somos un grupo vulnerable, pero nos chingan como si no lo fuéramos, como si fuéramos delincuentes, cuando a nadie hacemos daño”.

Jaime Montejo
Publicado por la revista virtual:
http://desinformemonos.org

Ciudad de México. Durante el recorrido de conmemoración del 8 de marzo, día internacional de la mujer, el señalamiento era el mismo por parte de trabajadoras sexuales curtidas durante veinte, diez o cinco años en la lucha callejera por la defensa de su territorio: “¿Por qué no nos toman en cuenta? En la tele hablan mucho de las chicas que ganan diez mil pesos al día, ya quisiéramos ganar siquiera mil. ¿Por qué la diputada Rosy Orozco dice esas cosas sin tomarnos en cuenta, sin habernos escuchado?”.

Dice Rocío: “Dicen en la tele que somos un grupo vulnerable, pero nos chingan como si no lo fuéramos, como si fuéramos delincuentes, cuando a nadie hacemos daño”. Y Mérida responde que deberían estar unidas “porque nos quieren chingar, y también debemos ser solidarias cuando muere una de nosotras y apoyarnos para que no se vaya a la fosa común y no pelearnos entre nosotras.”

Una y otra vez, la expresión de rebeldía de trabajadoras sexuales que no saben “dejarse chingar por la autoridad”: “Estamos dispuestas a ver a la diputada para que nos tomen en cuenta. Ella qué sabe de nuestros dolores y angustias. Algunas de nosotras llevamos dos días sin trabajar y cuando nos ocupamos con un cliente, hasta le cobramos menos para llevarnos algo de dinero a nuestra casa.”

En La Merced

Un día como cualquier otro en La Merced. El comercio ambulante, la venta a cuenta gotas en los aparadores de las zapaterías y tiendas naturistas, los camiones bajando y llevando pasaje de un lado a otro de la calle Corregidora. La parada de microbuses despachando unidades hacia el oriente y ciudad Neza, en el estado de México. Mujeres mazahuas ofreciendo verduras y alguna fruta de temporada. Los cargadores del mercado de flores, yendo y viniendo, con uno que otro viaje de alimentos. Teporochos perdidos en su cruda realidad. Policías haciendo su agosto con los clientes de las trabajadoras sexuales y una que otra rezandera, haciendo limpias para que la suerte regrese y haya abundancia en el talón.

Es la “Candelaria de los patos”, donde una trabajadora sexual de 62 años de edad y 20 en la defensa de la esquina, comenta que debe un año de renta y como ya está grande ya casi no trabaja y por eso quiso vender dulces en la calle, donde la policía se los quitó del lado de la Cuauhtémoc y en el juzgado cívico le cobraron una multa de quinientos pesos, y hasta que vendió sus cosas entre los detenidos pudo salir: “Si no hay trabajo aquí y no me dejan vender, entonces qué hago?”, platica entre lágrimas y pena.

Rubí, trabajadora sexual de 35 años, denuncia que hay muchos policías sobre Corregidora que espantan, roban y extorsionan a los clientes de sus compañeras y no detienen a los ladrones de la zona: “De nada sirve tenerlos si lo único que hacen es quitarnos el pan de nuestra boca”.

Magdalena, quien “se para” en la zona desde los doce años (desde temblor de 1985), afirma que ellas y sus compañeras están dispuestas a defender su trabajo, ya que “un salario mínimo no nos alcanza para salir adelante con los gastos de nuestros hijos”.

Perla, por su parte, relata que a varias de sus amigas las han corrido de sus trabajos “decentes”, porque “no nada más vivían del talón” y algunas “nuevas” han sido despedidas por recortes de personal en las empresas donde laboraban. Afirma que hay mucha desesperación porque el dinero no les alcanza y dice que cómo es posible que sigan cerrando los hoteles donde trabajan, ya que eso ha hecho que haya más competencia entre ellas, “apiladas en los pocos lugares que nos están dejando para ganarnos la vida honestamente”.

Frente al hotel Veracruz se escuchan voces en un pequeño mitin que congrega a las chicas de ese tramo de banqueta: “Hoy es su día compañeras, el día en el que se conmemora a las mujeres que luchan contra la explotación y aquí en la Merced, la movilización contra la explotación sexual se remite a 1993, cuando Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez”, sembró las primeras semillas contra la extorsión de los inspectores de vía pública y las madrotas autorizadas por el Departamento del Distrito Federal y el Conasida”, señalan con coraje Rosa Icela y Elvira Madrid, a las mujeres más jóvenes que desconocen la historia de lucha de las trabajadoras sexuales independientes de madrotas, partidos políticos y funcionarios públicos.

“Pregonar que la esquina es de quien la trabaja, nos ha costado muertas, detenciones, palizas y amenazas de los verdaderos dueños del talón, no los padrotes de Puebla y Tlaxcala que pululan por todos lados, sino de la clase política que ha gobernado la ciudad y ahora no tiene empacho en pretender borrarlas de un solo golpe”, advierten las fundadoras de Brigada Callejera, organización que se ha distinguido por movilizarse con trabajadoras sexuales contra la prostitución forzada, la extorsión y la prostitución infantil desde hace más de 20 años.

Las trabajadoras sexuales que han participado en la defensa de la calle en La Merced, como Margarita, comparten con sus compañeras más jóvenes o recién llegadas, que ellas se paran y creen que todo está bien, pero que ha costado sacrificio, marchas y plantones para que las dejen trabajar en paz y que cuando llegue el momento, ellas también tienen que apoyar, porque de este trabajo salen adelante con sus familias.

Este 8 de marzo las trabajadoras sexuales visitadas agradecen el obsequio solidario de su tira de tres condones Encanto®, la postal que dice que “El puño de la mujer, atenta contra el poder”, y unos chocolates para celebrar a las compañeras que se ganan la vida dignamente en las esquinas de La Merced, y que la defienden contra los proyectos de limpieza social del gobierno perredista de Marcelo Ebrard.

Mérida, trabajadora sexual veterana de las movilizaciones desde hace veinte años, invita a sus compañeras a hacerse la prueba de detección del VIH/SIDA a conciencia “y no como antes cuando el gobierno nos obligaba a hacerlo”. Las invita a pasar a la clínica de Brigada Callejera con el dentista o para que les hagan su colposcopia y papanicolaou; que no se olviden que pueden terminar su primaria como ella lo hizo; ya que allá “nos tratan con amor, cariño y afecto”.

En esta jornada no faltaron las mujeres de apenas veinte años que preguntan: “¿qué métodos anticonceptivos nos recomiendan ustedes, a nosotras las que trabajamos en esto?”, a lo que Rosa Icela Madrid les responde que el cuerpo de cada mujer es diferente, por lo que se les recomienda asistir a una consulta gratuita para que cada quién evalúe lo que les conviene.

Las compañeras que hicieron la visita dieron más de 50 pláticas sobre el uso del condón y entre risas y albures, lo colocaron con los pechos y la boca y compartieron varios tips para que el cliente termine más rápido “y no les de lata en el cuarto”.

En la clínica de Brigada Callejera se celebró la lucha de las mujeres por su autonomía, con una campaña de salud donde participaron trabajadoras sexuales, mujeres de otros gremios y vecinas del centro histórico, en los servicios de atención dental, consulta psicológica, aplicación de pruebas rápidas de VIH/SIDA, papanicolaou y acupuntura.

Irene, Fabiola, Rosalía y Emiliana, relataron que en otro lado les han hecho sus pruebas de detección del VIH/SIDA y no les entregan sus resultados y tampoco el dinero que les prometieron por participar. También dijeron que hay clientes que piden el servicio y no les pagan y la policía delegacional de la delegación Venustiano Carranza, no hace nada para evitar que eso siga sucediendo.

María, indígena oaxaqueña, ex trabajadora sexual que hoy es auxiliar de salud en la clínica de Brigada Callejera, dijo estar complacida ya que “las chicas recibieron muy bien el mensaje que Rosa y yo les llevamos”.

Para finalizar la jornada del 8 de marzo, Mérida concluye: “se habla de no violencia a la mujer y de respetarla, pero a nosotras las trabajadoras sexuales nos tienen como esclavas y las autoridades nos maltratan porque no respetan sus leyes y reglamentos.”








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“Pinches putas, les encanta que les metan la verga, son unas idiotas”: Agente judicial.

OPERATIVO ¿ANTI-TRATA? EN EL HOTEL PARIS DE GUADALAJARA

* “Nos trataron como si fuéramos animales”

* “Hasta rateros salieron esos bribones, como si fuéramos un botín de guerra”.



Elvira Madrid y Jaime Montejo, enviados especiales de la Agencia de Noticias Independiente Noti-Calle, Guadalajara, Jalisco, 18 de enero de 2012.- “Eran como las diez y media de la noche. Nosotras estábamos platicando bien a gusto en el lobby del hotel Paris, cuando llegaron aproximadamente quince elementos vestidos de civiles, portando unos chalecos con las siglas PGJ quienes empezaron a insultarnos con pinches putas, les encanta que les metan la verga, son unas idiotas”, señaló Rubí, trabajadora sexual que vivió el operativo del sábado 7 de enero en el hotel París, ubicado entre la calzada Independencia y la calle Hidalgo.

“Les hablaron bien feo a las chicas, a Pepe lo golpearon y le dijeron que porqué tienes a estas pinches putas aquí, arrancaron cámaras para que no viera cómo llegaron. Dicen que iban por una menor de edad, que después demostró ser mayor con su acta de nacimiento original y su IFE”, comentó Azucena a sus compañeras en el mitin que realizaron el miércoles, al frente de las instalaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Jalisco (CEDHJ).

“Golpearon la puerta del cuarto bien feo y me gritaron, abre la puerta o la tiro hija de la chingada”, indicó María indignada por el trato que los ministeriales le dieron ese día, como si se tratara de animales y no de personas”, denunció Felicia ante los medios de comunicación que tomaban imágenes, notas y audios de lo ocurrido en el operativo de la judicial.

“A la doñita le arrebataron el libro y las copias de actas de nacimiento de las chicas y de la recepción se llevaron todo el dinero que había de las habitaciones”, mencionó Irma, quien se encontraba platicando con otras compañeras en la planta baja del hotel.

“A todas nos tenían separadas unas de otras en la procuraduría”, afirmó Miriam, “Y cuando se dieron cuenta que la supuesta menor de edad, era una mujer adulta, los judiciales resolvieron que como se les había caído el caso, lo iban a seguir por lenocinio para no hacer el ridículo”, razón por la cuál se encuentran en la penal el recepcionista y la señora que nada tiene que ver con las acusaciones, precisó Miriam, quien se sintió impotente ante los abusos de autoridad de que fue víctima en el operativo judicial.

“Al tomar mi declaración, me pusieron que la señora nos cobra 250 pesos y que van incluidas dos posiciones, lo cuál es una mentira ya que somos nosotras quienes nos ponemos de acuerdo con los hombres… En este hotel, nadie nos cobra cuota por atender a los clientes, eso es una mentira”, aseguró Marbella, quien además dijo que “en este país no había justicia para las trabajadoras sexuales y que sólo a los narcos, la policía trataba con respecto”.

“Mi bolsa estaba abierta en “la procu”, aunque yo la dejé cerrada. Llevaba un anillo de oro, que algunos de los judiciales me robó en el operativo y cuando les dije que faltaba, insinuaron que había sido una de mis compañeras”, relató Maribel quien añadió que “hasta rateros salieron esos bribones, como si fuéramos un botín de guerra”.

“No me dejaron leer mi declaración, me dijeron que sólo le firmara que me la pasaron para que la firme, no para que la lea. Tampoco se me asignó un defensor de oficio como dicen en la comisión (de derechos humanos), que debieron haberlo hecho”, contó a sus compañeras y a Noti-Calle Susana, quien ha vivido por lo menos siete operativos de este tipo en sus doce años de ejercicio del trabajo sexual en igual número de ciudades mexicanas.

“Al final el judicial puso en mi declaración lo que él quiso y me obligó a firmar lo que ellos quisieron… No quiso poner que nosotras vamos al hotel que queremos y nos hospedamos donde nos da la gana. No es cierto que la señora nos cobre cuota por trabajar. El hotel cobra el uso de cada habitación, nada más”, fue la respuesta entrecortada de Carolina, quien también fue detenida en el mismo operativo.

“Me dijeron que si estaba embarazada, que porqué trabajaba en esto y que porqué me había embarazado. Yo le contesté que para mí esto es como cualquier trabajo y que usted, le dije, no me va a mantener a mi hijo y que las que trabajamos así, también tenemos derecho a embarazarnos”, fue el testimonio de Amanda, quien agregó que nadie tiene porqué cuestionarle su maternidad, ya que por eso trabaja para darle bienestar al hijo que trae en su vientre.

Ahora, varias de las detenidas, confirmaron un rumor que crece en la calle, “nos dicen otras compañeras que los judiciales nos andan buscando para intimidarnos, pero vamos a defender nuestro trabajo, porque es igual de digno que los demás.”.

Durante la rueda de prensa ofrecida en la banqueta de la CEDHJ, Elvira Madrid Romero, presidenta de Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer “Elisa Martínez” A.C., argumentó que recomendaciones vienen y van de la comisión de derechos humanos y las autoridades siguen abusando impunemente de las compañeras que por un lado, son consideradas hipócritamente “víctimas de trata y explotación sexual” y por otro lado son denigradas como si no se tratara de personas.

“A la tira no le interesa combatir la trata de personas, lo que quieren es realizar un linchamiento mediático de trabajadoras –res sexuales, para quedar bien con el electorado y de paso enviar el mensaje de quiénes son los nuevos dueños de la calle, los mismos sujetos que los invitaron a formar parte de su nómina criminal”, precisó Jaime Montejo, coordinador de comunicación y prensa de Brigada Callejera, organización dedicada a la defensa de los derechos sexuales de las mujeres.